(787) 833 - 8070
info@ssbvpr.com
770 Avenida Hostos Suite 208
Mayagüez, Puerto Rico 00682-1538
Lunes - Jueves: 8:00am a 5:00pm
Viernes: 7:30am a 4:00pm


Lunes - Jueves: 8:00am a 5:00pm
Viernes: 7:30am a 4:00pm
770 Avenida Hostos Suite 208
Mayagüez, Puerto Rico 00682-1538
(787) 833 - 8070
info@ssbvpr.com
Lunes - Jueves: 8:00am a 5:00pm
Viernes: 7:30am a 4:00pm
770 Avenida Hostos Suite 208
Mayagüez, Puerto Rico 00682-1538
(787) 833 - 8070
info@ssbvpr.com
Plan Médico SSBV

El Plan Médico Servicios de Salud Bella Vista Informa...

Reembolsos por gastos incurridos en facilidades y proveedores no participantes, excepto los servicios de emergencias.

La operación del Plan Médico SSBV está basada en el uso de facilidades participantes para prácticamente todos los servicios cubiertos. Si algún suscriptor necesita servicio de alguna especialidad que no esté contratada o no tenga acceso a la misma, se podrá comunicar al Plan Médico SSBV para poder asistirle en coordinar el servicio o la contratación con otro proveedor.

Se le reembolsará según las tarifas contratadas a nuestros proveedores después de aplicado el coaseguro y/o copago, según sea el caso.

Ejemplos:

Visita a Especialista

Visita a especialista no contratado (fuera de la Red de Proveedores) $100.00
Tarifa de Proveedor Contratado $70.00
Copago de Visita a Especialista $15.00
Cantidad a Reembolsar ($70-$15) $55.00

Servicios Dentales

Examen Dental $35.00
Tratamiento de Canal $160.00
Tarifa de Proveedor Contratado $29.00
Copago de exámen dental $0.00
Beneficio no cubierto - tratamiento de canal $0.00
Cantidad a Reembolsar $29.00

*** Todo reembolso está sujeto a evaluación y aprobación del Plan Médico SSBV, Inc. Servicios electivos están sujetos a pre-autorización.


Al solicitar reembolso debes cumplir con las siguietes condiciones. De no cumplir con estas condiciones su reembolso será devuelto.

  • Debe ser un servicio que este establecido como cubierto.
  • Solicitud de Reembolso debe ser llenada en su totalidad por el suscriptor y el médico (proveedor).
  • Incluir recibos originales.
  • No debe tener balance pendiente de pagar por concepto del pago de prima.
  • La solicitud debe ser sometida en un lapso de un año a partir de la fecha en que recibió el servicio.
  • Deberá someter copia de la documentación médica del caso, si así es requerida por el Auditor Médico para propósitos de evidenciar la necesidad médica.


Servicios de Emergencia: El proveedor no participante que ofrezca servicios de emergencia, conforme a la Ley 194 de 25 de agosto de 2000 en el Artículo 8 Inciso C, vendrá obligado a aceptar el pago del plan médico según las tarifas contratadas con proveedores participantes.

Enlace: Ley 194 de 25 de agosto de 2000